Pasar al contenido principal
Bolivia

Preguntas Frecuentes - Denuncia y Entrega Mercancías

¿Qué mercancía está prohibida de distribución?

No procede a la distribución y entrega de:

  • Mercancía prohibida (Ej. cigarrillos, vehículos indocumentados o prohibidos, etc.)
  • Mercancía que requiera autorizaciones previas (Ej. medicamentos, plaguicidas)
  • Mercancía que por su carácter heterogéneo y característica funcional no pueda ser objeto de distribución (Ej. una máquina industrial)
  • Hidrocarburos decomisados en el delito de Contrabando de Exportación Agravado

Sin embargo, en los incisos b) y c) será posible la entrega de Notas de Crédito (NOCRES) negociables en el mercado.

¿Cómo recibe el incentivo por denuncia de contrabando?

La distribución del incentivo es en especie, según el porcentaje de la mercancía comisada que cuente con Resolución Firme o Sentencia Ejecutoriada. Si la mercancía no puede distribuirse por sus características, el incentivo se entregará en NOCRES (ver inciso b y c anterior).

¿Cómo se protege la identidad de los denunciantes por contrabando?

La Administración Aduanera guardará en reserva la identidad de los denunciantes durante toda la tramitación del proceso.

¿Cuáles son las modalidades de entrega de mercancías decomisadas por contrabando?

Las modalidades para las personas o comunidades que denuncien el ilícito de contrabando son cuatro:

  1. Entrega de mercancías en delito de contrabando.
  2. Entrega de mercancías en delito de contrabando de exportación agravado.
  3. Entrega de mercancías en contravención por contrabando.
  4. Procedimiento para mercancías que requieren autorización previa.

Toda entrega de mercancías deberá ser previa solicitud escrita del denunciante.

¿Qué beneficios otorga denunciar el Contrabando?

El denunciante recibirá el 20% de la mercancía comisada definitivamente, sin pagar tributos aduaneros ni depósitos. Si la denuncia proviene de una comunidad, el beneficio será del 40%. Además, el municipio donde se descubra el delito recibirá un 10% para fines sociales.

¿Quiénes no pueden recibir recompensa en caso de denunciar por contrabando?

No podrán recibir recompensa, aunque deben denunciar:

  • Servidores públicos.
  • Funcionarios de entidades estatales o empresas con participación estatal mayoritaria.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.
¿Cómo registrar la denuncia por contrabando?

El denunciante debe llenar el Formulario Único de Denuncia con información exacta. Este documento será custodiado por el servidor público designado. El formulario puede descargarse desde la web de la Aduana Nacional en el apartado “Denuncia el Contrabando”.

¿Cómo debe identificarse el Denunciante?

El denunciante debe identificarse con nombre completo y cédula de identidad. Si se trata de una comunidad o pueblo, el representante debe acreditar su representación mediante documento legal correspondiente.

¿Quiénes están autorizados para recibir su denuncia por contrabando?

Servidores públicos responsables de la recepción de denuncias designados en todas las administraciones de Aduana de Bolivia.

¿Cuál es el número de la línea gratuita para denuncias por contrabando?

La línea gratuita habilitada para recibir denuncias por contrabando es 800-10-6262, disponible en todo el país.

¿En qué casos se pueden presentar denuncias por contrabando?

Se pueden presentar denuncias cuando se tiene información sobre:

  • Depósitos de mercancías de contrabando.
  • Llegadas de mercancías de contrabando por vía terrestre, aérea o fluvial.
  • Rutas y horarios de paso de camiones con contrabando.
  • Depósitos de hidrocarburos o mercancías de exportación.
  • Otros hechos relacionados al contrabando.
¿Qué es una denuncia por contrabando?

Es el acto de poner en conocimiento de la Administración Aduanera la comisión del ilícito de contrabando, ya sea de importación o exportación agravado.

¿Cuánto tiempo dura el trámite de distribución y entrega de mercancías de denuncias por contrabando?

El trámite no deberá superar los 20 días hábiles desde la solicitud de entrega presentada por el denunciante ante la Administración Aduanera, siempre que exista Resolución Firme o Sentencia Ejecutoriada.