Recursos: Glosario

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Letra: M

Mercancías Valoradas

Para fines de transporte aéreo, se define como tal a aquella mercancía consistente en perlas, piedras preciosas, semipreciosas, metales preciosos y sus manufacturas de estos metales clasificados en el capítulo 71 o 91 del Arancel Aduanero de Bolivia; Billetes de Banco en curso legal, cheques de viajero, títulos, acciones, cupones, estampillas, y tarjetas Bancarias o de crédito listas para ser usadas y cualquier artículo que tenga un valor declarado para el transporte de USD 1.000 (un mil 00/100 dólares estadounidenses) o más por kilo bruto de peso.

Modalidad de Registro

Formas de registro del Solicitante para su habilitación como Operador de Comercio Exterior, que incluye la modalidad presencial y no presencial.

Modalidad No Presencial

Es el acto de registrar al Operador de Comercio Exterior (Importador y/o Exportador), a través del sitio Web de la Aduana Nacional, sin necesidad de que el mismo se apersone físicamente a alguna dependencia de la Aduana Nacional.

Modalidad Presencial

Es el acto de registrar al Operador de Comercio Exterior, inicialmente a través de la sitio Web de la Aduana Nacional, requiriendo posteriormente la presencia física del titular o representante legal en instalaciones de Aduana con la documentación establecida, para efectos de completar su registro.