El procedimiento de registro es de aplicación nacional y obligatoria para empresas domiciliadas en el extranjero y que realicen operaciones de transporte internacional de carga por vía fluvial y tengan con autorización del Ministerio de Defensa. El registro se realizará únicamente bajo la modalidad presencial con la participación del Representante Legal en Bolivia debidamente acreditado por la empresa extranjera.
REQUISITOS
El interesado deberá cumplir los siguientes pasos:
PASO 1: Ingresar a la página Web de la Aduana Nacional www.aduana.gob.bo y seleccionar el enlace SUMA en el área de “Servicios”.
PASO 2: Sobre la página principal del “Portal Sistema Único de Modernización Aduanera”, seleccionar la opción “Registro Nuevos Operadores”.
PASO 3: En el numeral 3) Otros Operadores de Comercio Exterior, crear una cuenta de usuario a partir de la opción “Registrar Nuevo Usuario”. Luego de llenar los datos solicitados, el interesado debe ingresar al correo electrónico remitido por el sistema informático de la Aduana Nacional y proceder a la habilitación de su nueva cuenta de usuario.
PASO 4: Ingresar al numeral 3) Otros Operadores de Comercio Exterior, haciendo uso del usuario y contraseña habilitados en el paso anterior.
PASO 5: Seleccionar el “Tipo de Persona” , en este caso corresponderá a “Representa a una Empresa Extranjera” y posteriormente marcar el “Tipo de Operador” respectivo, que en este caso será “Transportador de Carga Internacional Vía Fluvial/Empresa Extranjera”.
PASO 6: Ingresar los datos solicitados en el Formulario de Registro de Operadores de Comercio Exterior. Es importante recordar que se debe adjuntar al formulario una copia escaneada de los documentos de respaldo requeridos en el mismo.
PASO 7: Concluido el llenado del formulario, enviar electrónicamente el mismo a la Aduana Nacional previa selección de la oficina de Aduana donde el interesado desea presentarse para completar su registro y revisión de los datos declarados, considerando que dicho documento se constituye en una declaración jurada.
PASO 8: El interesado recibirá vía correo electrónico la confirmación de la recepción de su formulario, además de instrucciones sobre los pasos a seguir.
PASO 9: La Aduana Nacional revisará el formulario y la documentación de respaldo remitida por el interesado, en caso de encontrar errores u observaciones se enviará un correo electrónico con el detalle de los mismos a fin de que se realicen los ajustes correspondientes. Sólo cuando la revisión sea satisfactoria, la Aduana programará y hará conocer al interesado, mediante correo electrónico, la fecha en la cual deberá presentarse en la oficina de aduana seleccionada a fin de completar su registro.
PASO 10: Una vez concluida la verificación de domicilio Titular de la empresa Unipersonal, Representante Legal de la empresa Jurídica, posterior hasta día siguiente hábil o el día de la recepción con conformidad de la garantía original si corresponde se habilitara el registro del OCE , recibirá mediante correo electrónico su Certificado de Operador de Comercio Exterior.
Como Registrar Medios de Transporte Fluvial
El representante legal de la Empresa Naviera (Agencia Naviera) deberá cumplir los siguientes pasos:
PASO 1: Desde la página web de la Aduana www.aduana.gob.bo, ingresar al enlace SUMA en el área de “Servicios.
PASO 2: Dentro el “Portal SUMA”, ingresar al “Portal de Gestión Aduanera”, empleando un Usuario y Contraseña habilitados.
PASO 3: Seleccionar la opción Gestión OCE y “Registrar Medios de Transporte Fluvial” del menú principal.
PASO 4: Ingresar los datos solicitados en el Formulario de Registro de Medios de Transporte Fluvial. Es importante recordar que se debe adjuntar al formulario una copia escaneada de las autorizaciones emitidas por la autoridad competente del Ministerio de Defensa.
PASO 5: Concluido el llenado del formulario, deberá enviar electrónicamente el mismo a la Aduana Nacional.
PASO 6: La Aduana Nacional revisará el formulario y la documentación de respaldo remitida y procederá a la habilitación de los medios de transporte fluvial.
PASO 7: El interesado recibirá vía correo electrónico la confirmación de la habilitación de los medios de transporte fluvial.
El representante legal de la empresa de Transporte de Carga Internacional por Vía Fluvial / Empresas Extranjeras tienen la obligación de informar a la Aduana Nacional cualquier modificación o actualización de datos correspondiente a su registro en el Padrón Nacional de Operadores de Comercio Exterior.
Para la actualización de sus datos, el interesado deberá ingresar al Portal de Gestión Aduanera haciendo uso de su usuario y contraseña, elegir la opción de “Actualizar Datos” y luego llenar el Formulario de Actualización de Datos de Operadores de Comercio Exterior, modificando, actualizando o adicionando los datos que correspondan.
Sólo cuando la actualización de datos requiera la presentación física de nueva documentación de respaldo, el interesado deberá apersonarse por oficinas de Aduana Nacional.
La Aduana Nacional podrá verificar la información proporcionada por las empresas de transporte por vía fluvial y de encontrar datos no actualizados, procederá al bloqueo de la misma en el sistema informático. Las empresas de Transporte de Carga Internacional por Vía Fluvial / Empresas Extranjeras con registro bloqueado no podrán realizar operaciones de transporte.