La Aduana Nacional en cumplimiento a la Resolución de Directorio Nº RD-01-021-24 de 22/03/2024 que aprueba el Reglamento para la Gestión de Garantías Tributarias y de Actuación, que en su Artículo 11 dispone: “II. A efectos de lo establecido en el inciso m) del numeral 1. e inciso r) del numeral 2 del parágrafo I. del presente Artículo, la Aduana Nacional publicará en su página web institucional, las entidades de intermediación financiera y/o entidades aseguradoras, con deudas pendientes de pago por ejecución Garantías a Primer Requerimiento o Pólizas de garantía de cumplimiento de obligaciones aduaneras con cláusula de ejecución a primer requerimiento, no abonados en los plazos establecidos por normativa específica que regulan estas modalidades de garantía.”, comunica:

ENTIDADES ASEGURADORAS
Alianza Compañia de Seguros y Reaseguros S.A. E.M.A.