TRASLADO INTERNO DE MERCANCÍAS NACIONALIZADAS Y NACIONALES - 2024

Interactivo
Para realizar el Traslado Interno de Mercancías Nacionalizadas y Nacionales (efectuado por rutas interdepartamentales e interprovinciales), el transportista debe tener los siguientes documentos según corresponda:
 
MERCANCÍAS NACIONALIZADAS:
Declaración de importación de mercancías (DIM): presentación digital o impresa.
Formulario de Traslado Parcial de Mercancía Nacionalizada (FTPMN): Está permitido el traslado de mercancías nacionalizadas por el importador de manera parcial (desglosada), para tal efecto deberá adjuntar a la DIM-DUI el FTPMN.
 
COMPRAS CON FACTURA:
Factura de compra: verificable con la información del SIN.
 
COMPRAS DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO:
Certificado electrónico del padrón biométrico digital: debidamente endosado, con el detalle, valor de la mercancía y firma del vendedor.
 
 
NO SERÁN SUJETOS DE COMISO:
Mercancías en tránsito aduanero, autorizado por la AN, que cuenten con el Manifiesto Internacional de Carga.
 
Mercancías respaldadas por la respectiva Guía de Movimiento Animal o Vegetal.
 
Mercancía trasladada de origen nacional que lleve la leyenda “HECHO EN BOLIVIA”.
 
Mercancías de micro y pequeñas empresas respaldadas con la fotocopia de su registro o el Formulario de Transito Interno de productos manufacturados otorgados por PRO BOLIVIA.
 
Productos agropecuarios de origen nacional que ingresan a la franja fronteriza (con excepción de aquellos cuya exportación sea prohibida).
 
Productos agropecuarios de origen nacional producidos dentro de la franja fronteriza.
 
Menaje doméstico interno, efectos de uso y consumo personal y las que aplicaron franquicia del régimen de viajeros.
 
Carga postal y Encomiendas: El transportista de pasajeros debe presentar la Guía de encomienda y la Factura de compra.
 
IMPORTANTE
Se podrá presentar documentación de respaldo para el traslado interno de mercancías o de exclusión del comiso hasta veinticuatro (24) horas siguientes al momento de la intervención, siempre que el presunto responsable, conductor o tercero responsable lo requiera.