1. Objeto.-
Efectuar el control por sustitución e intervención temporal y sorpresiva a los funcionarios responsables de la Aduana Nacional, a efectos de comprobar la correcta aplicación de la normativa aduanera.
2. Atribuciones y Funciones.-
Entre sus principales atribuciones y funciones están las siguientes:
- Cumplir y hacer cumplir la Ley General de Aduanas, sus reglamentos, los convenios internacionales en materia aduanera y aquellas otras disposiciones legales vigentes.
- Ejecutar y cumplir el mandato que el Presidente ejecutivo de la Aduana Nacional encomiende.
- Intervenir o sustituir cualquier Repartición y Unidades Orgánicas de la Aduana Nacional.
- Sustituir temporalmente a cualquier funcionario de la Aduana Nacional, asumiendo sus atribuciones y obligaciones con el fin de asegurar la continuidad del servicio.
- Evaluar el cumplimiento de disposiciones legales en lo referente a procedimientos operativos para facilitar y agilizar los trámites.
- Requerir y procesar información de los funcionarios públicos de la Repartición y Unidades Orgánicas de la Aduana Nacional, sea oral o escrita, para el cumplimiento del fin encomendado.
- Solicitar a los operadores y gestores del comercio exterior, la información que sea necesaria para el buen cumplimiento del fin encomendado.
- Coordinar con la Repartición y Unidades Orgánicas de la Aduana Nacional, la ejecución y cumplimiento de las recomendaciones a las observaciones identificadas.