1. ¿Qué pasa si existe más de una factura comercial y las condiciones de transacción son las mismas?

 

Se llenará una sola Declaración Andina del Valor, si es que todas las facturas comerciales corresponden a una sola transacción.

 

  1. En el que caso de menaje domestico ¿Se necesitará presentar la DAV?

 

Según lo establecido en artículo 256 del RLGA, el menaje domestico está exento de la presentación de la “declaración del valor”.

  1. ¿Qué es el número de referencia?

 

El número de referencia es un conjunto de caracteres alfanuméricos, que debe registrar el usuario, para utilizarlo en forma posterior, a tiempo de recuperar la información que guardó en el estado "Memorizada" de la Declaración Andina del Valor.

 

  1. ¿Es obligatorio el llenado de la casilla correspondiente al correo electrónico del proveedor?

 

No es obligatorio, si consigna al menos una de las casillas (23, 24, 25), que permita conocer los detalles adicionales de la dirección del proveedor.

 

Se aclara, que la casillas 14, 15 y 16 son recuperados automáticamente del registro de importadores de la Aduana Nacional luego de consignar el tipo, numero de documento de identificación y el lugar.   

  1. ¿En la casilla 26 Número de Facturas, se debe consignar el número de factura comercial o la cantidad de facturas comerciales?

Se debe consignar la cantidad de facturas que corresponden a la DAV que está llenando.

  1. ¿Es obligatorio llenar la casilla 27 correspondiente a contrato u otro documento? Ya que algunas veces no se cuenta con dicho dato, o no existe contrato alguno.

No, esa casilla se debe llenar, solo cuando se cuente con el contrato de compraventa u otro documento que refleje la negociación, diferente a la factura comercial.

 

  1. ¿Cuándo existe factura y no existe contrato de compraventa, existe contravención por no llenar las casillas 27 y 28?

 

Las casillas 27 y 28 solo se llenan en caso de que exista un contrato de compraventa  u otro tipo de contrato o de documento que refleje la negociación realizada, por lo cual, de no existir dichos documentos se dejara en blanco las casillas mencionadas no correspondiendo ningún tipo de contravención.

  1. ¿En la casilla 27, a qué se refiere con Otro Documento?

Es aquel documento que refleje la transacción comercial que sea diferente a la factura o contrato de compraventa de las mercancías importadas.

  1. ¿Dónde debo registrar mi transferencia bancaria?

La transferencia bancaria es un medio de pago y debe registrarse en la casilla 31 de la DAV, especificando una de las opciones disponibles.

  1. ¿Para el Campo (34) Naturaleza de la Transacción: Cuando existe una venta en recinto ¿A qué Código de Transacción debe corresponder según Tabla, ya que el campo es contravenible y existe la duda al momento de tomar el Código correcto?

Se deberá consignar la Opción 23 otras transacciones, dentro del campo 34.

  1. Existen facturas, las cuales no establecen Incoterms. ¿Qué se debe apropiar en la casilla 36 de la DAV?

El importador deberá seleccionar la opción en este campo, conforme al contrato de compraventa internacional o inclusive otro documento, si se pactaron condiciones de entrega diferentes a las previstas en los INCOTERMS, registrar el término “otro”.

  1. ¿La Casilla 38, permite más de 2 decimales?

Puede ser expresada hasta con 3 decimales.

  1. ¿En el caso de despachos de importaciones de vehículos en los cuales se determine el uso de los Precios Referenciales de Vehículos (tablas), en base al método del Último Recurso, se debe consignar dicho valor en la DAV?

La Declaración Andina del Valor, debe contener la información referida a los elementos de hecho y circunstancias relativos a la transacción comercial, no así los precios de referencia.

  1. Las casillas 52 y 53, ¿deberán ser marcadas como condicionantes del llenado? ya que de no cumplirse, sólo aparece mensaje de obligatoriedad.

Si en la casilla 51 indicó que existen condiciones o contraprestaciones, corresponde el llenado de la casilla 52 e inclusive la 53 cuando existe "Otra forma de condición o contraprestación" (09). Si en la casilla 51 indicó que no existen condiciones ni contraprestaciones, no corresponde el llenado de la casilla 52 ni de la 53.

  1. Aclaración del correcto llenado de la vinculación en el precio de la mercancía (Casilla 59).

En caso de que en la casilla 57 (Existencia de vinculación entre el comprador y vendedor), si la respuesta haya sido afirmativa, en la casilla 59 se deberá consignar “SI” si la vinculación influyó en el precio o “NO” si no influyó.

  1. ¿Qué tipo de moneda se debe establecer para las casillas 62 – 67?

Todas las casillas de la DAV, se llenan en Dólar Estadounidense (USD), salvo aquellas que en la instructiva señala expresamente que deben ser llenadas considerando la moneda de negociación (casilla 38) y la misma sea diferente al dólar estadounidense.

  1. ¿Debo prorratear los gastos del transporte y el costo del seguro?

Sí, ya que la suma de los parciales en cada caso, debe corresponder con el total.

  1. ¿Cómo debo registrar el flete que corresponde al 25% cuando es aéreo?

Deberá consignar el 25% y debido a que tal cifra no corresponde al flete realmente pagado consignar en observaciones que tal monto responde a la aplicación del artículo 20 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

  1. Si los documentos del seguro no existen. ¿Qué monto se deberá consignar en la casilla correspondiente?

Tal cual prevé el Reglamento Comunitario, deberá consignar los costos habituales de tal servicio, sin embargo en tanto y en cuanto no se cuente con tales datos, se podrán aplicar las previsiones del artículo 20 del Decreto Reglamentario a la Ley General de Aduanas y anotar tal aspecto en observaciones.

  1. ¿Cuándo no se cuente con un desglose del costo del seguro que  permita diferenciar la cobertura fuera y dentro del territorio aduanero nacional, como se de llenar la casilla 64?

Ante la falta de un desglose del seguro, se tomará el monto total del costo del seguro a efecto de determinar la Base Imponible.

  1. ¿Al prorratear los fletes y el seguro en función del monto FOB de la mercancía, influyen los decimales?

A efecto de que las sumas parciales de prorrateo arriben al total registrado, se pueden utilizar hasta 3 decimales.

  1. ¿Qué consideraciones deben tomarse para el correcto llenado de la información de Año de Fabricación? (Casilla 78).

La casilla 78 se llena específicamente para mercancías en las que es importante ésta información como ser vehículos y maquinaria, en caso de que la mercancía no tenga la información de año de fabricación, se consignará el dígito “0”.

  1. ¿En la casilla 80 se debe consignar la unidad del arancel o la que refleje la Factura Comercial?

En la casilla 80, en la Declaración Andina del Valor, se debe consignar la unidad que refleje la factura comercial o documento equivalente.

  1. Cuando se ha consignado la regla Incoterms DDP (en el Contrato CVI o Factura Comercial), ¿cómo se debe proceder al llenado de la Declaración Andina del Valor (DAV)?.

En el campo 82, debe consignarse el monto total en USD, correspondiente al termino DDP.

En el campo 83, debe consignar el monto correspondiente a la suma de los conceptos de flete + seguro + impuestos + otros gastos.

En el campo 84, debe consignar el monto correspondiente al FOB de la mercancía detallada en el ítem.

En el campo 89, se consignará de manera automática el monto total del término DDP. En los campos 90 y 91, no debe consignar ningún importe, puesto que estos importes ya se encuentran adicionados en el monto que refleja la casilla 89.

En el campo 104 al 111 (de acuerdo al concepto, correspondiente), se deben consignar las deducciones que no forman parte del valor en aduanas.

  1. Cuando se ha consignado la regla Incoterms EXW (en el Contrato de Compraventa Internacional - CVI o Factura Comercial). ¿Cómo se debe proceder al llenado de la Declaración Andina del Valor (DAV)?.

En el campo 82, debe consignar el monto total correspondiente al termino EXW.

En el campo 83, debe consignar el monto correspondiente a la suma de los conceptos de flete y otros gastos adicionales hasta puerto de embarque del país de exportación.

En el campo 84, (= 82+83) debe consignar el valor FOB.

En el campo 89, se consignará de manera automática el monto total del término EXW más otras adicciones.

En los campos 90 y 91, si debe consignar los importes correspondientes, puesto que estos no se encuentran adicionados en el monto que refleja la casilla 89.

En el campo 92 al 103 (de acuerdo al concepto correspondiente), se deben consignar las adiciones que forman parte del valor en aduana.

  1. ¿Qué debo registrar en las casillas 116, 119 y 122  si el precio de la factura comercial, el gasto del flete y el costo del seguro fueron efectuados en USD?

Si la negociación de la transacción (factura comercial), el flete y el seguro que son realizadas en USD debe dejar estas casillas en blanco. Las casillas 116, 119 y 122  son utilizadas para monedas diferentes al USD.

  1. ¿Qué datos debo llenar del declarante?

Cuando se trata de una persona jurídica, se llenara en la tercera parte de la DAV los datos de la empresa (casillas 127, 128, 129, 130 y 131) y en las casillas 132 a la 134 los datos del representante legal de la misma.

  1. ¿Cómo se registra al sistema una DAV elaborada fuera de línea?

Concluido el llenado en la versión off line, debe crear la carpeta DAV en el disco C: de su computadora, guardar el archivo en la carpeta creada, de preferencia con el número de referencia de la DAV. Proceda a generar el archivo XML haciendo clic en el botón "Genera archivo para enviar". Ingrese a la versión del sitio: www.aduana.gob.bo, elija la opción formato XML y seleccione el archivo.