La Paz, Aduana Nacional facilita las importaciones con el Despacho de Menor Cuantía

Fecha de Publicación: 
Lunes 18 de Noviembre de 2024 |
La Paz, 18 de noviembre de 2024. AN.- La Aduana Nacional recuerda que está vigente el Despacho de Importación de Menor Cuantía, que permite a cualquier persona importar mercancías directamente, sin necesidad de contratar un despachante de aduanas y mediante un trámite simplificado. Este régimen aplica a productos cuyo valor no supere los 2,000 dólares, con algunas excepciones, como la importación de vehículos y otros productos prohibidos por la normativa nacional.
Para realizar esta importación, la persona solo necesita completar la Declaración de Mercancías de Importación Simplificada (DIMS) en el sistema de la Aduana de acceso rápido y desde cualquier aparato electrónico como un celular y adjuntar documentos de respaldo, como facturas, guías de transporte y certificados de origen, este ultimo cuando corresponda. Si este ciudadano no está registrado ante la Aduana Nacional, puede hacerlo al elaborar su DIMS, informó gerente regional de Aduana La Paz, Mauricio Miranda. 
 
El importador puede elaborar y registrar la DIMS directamente en el sistema SUMA de la Aduana Nacional, en la frontera o en el aeropuerto al momento de su arribo. Si tiene dificultades, el personal de la Aduana lo asistirá en el proceso.
 
Una vez registrada la DIMS, la Aduana revisa y acepta la declaración. Luego, esta persona debe pagar los tributos aduaneros en cualquier entidad financiera autorizada o desde su banca móvil de manera inmediata. Al finalizar, podrá retirar su mercancía en el momento de su llegada a Bolivia. Esta mercancía tendrá libre circulación en todo el territorio nacional.
 
Miranda indicó que los requisitos para el Despacho de Importación de Menor Cuantía son:
Factura, nota de venta u otro documento de compra, q muestre el presio pagado por la mercancía.
Documento de identificación o pasaporte.
Certificados y/o autorizaciones previas, según corresponda, para algunas mercancías.
Certificado de origen, en caso de mercancías sujetas a preferencias arancelarias.
Para mercancías aéreas, copia de la guía aérea.
Este régimen también contempla restricciones. No se aplica cuando las mercancías superan el valor permitido. Tampoco si ingresan a Bolivia con Manifiesto Internacional de Carga por vía terrestre (excepto en Áreas de Control Integrado). No está permitido para vehículos automotores o productos prohibidos por la normativa, como la prendería usada