PJEZFL
1. Nivel Jerárquico: 
Operativo
2. Nombre de la unidad inmediata superior: 
Gerencia Regional (Dependencia lineal).
3. Unidades Dependientes: 
GRUPOS DE TRABAJO DEPENDIENTES • Gestión Operativa • Gestión Aduanera; • Comiso, Abandono y Disposición de Mercancías Nota: Donde JEN significa “Jennefer”, Z significa “Gerencia Regional Santa Cruz” y P significa “Puerto”. La Resolución Ministerial RM Nº 774 de agosto 2003, de referencia Reglamento General de Puertos, Artículo 7º señala que: “Para el ejercicio de la Potestad aduanera, la zona portuaria se incluye dentro el territorio aduanero nacional como zona primaria. Asimismo en su Artículo 10º establece Concepto de Puerto: Es un conjunto de espacios acuáticos, terrestres naturales, artificiales e instalaciones fijas y móviles (obras, canales, vías de acceso, instalaciones y servicios), destinados a la atención de pasajeros, mercancías y embarcaciones. Las instalaciones fijas incluyen los recintos aduaneros, destinados a operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósitos de mercancía, oficinas, locales o dependencias consignadas al servicio directo de la Aduana Nacional de Bolivia”.
4. Objetivo de la unidad: 
Controlar el flujo de mercancías, de las operaciones aduaneras y la gestión de procesos contravencionales en la zona primaria bajo su jurisdicción.
5. Función Principal: 
Verificar y controlar el cumplimiento de la normativa aduanera vigente y las obligaciones emergentes de los regímenes aduaneros, operaciones aduaneras, gestión de procesos contravencionales y disposición de mercancía incautada y abandonada, en la zona primaria de su competencia.
6. Funciones Generales: 
  1. Autorizar el levante de mercancías una vez cumplidas las formalidades y/o requisitos esenciales del despacho aduanero en el régimen aduanero que corresponda.
  2. Proporcionar información sobre operaciones y operadores de riesgo a la Unidad de Fiscalización Regional y/o al Departamento de Gestión de Riesgos, para el sorteo de canales, de alcance local debidamente justificados.
  3. Realizar los aforos documentales y/o físicos de los despachos presentados en la administración aduanera, cuando correspondan.
  4. Supervisar, verificar y controlar la correcta aplicación de los procedimientos técnicos y administrativos acorde la normativa vigente.
  5. Efectuar la verificación del cumplimiento, sobre el control de ingreso o salida de divisas, equipaje  y otra normativa aplicable a viajeros en puertos habilitados de corresponder
  6. Proporcionar información sobre variables de riesgo a la Unidad de Fiscalización Regional y/o al Departamento de Gestión de Riesgos.
  7. Controlar las operaciones de tránsito aduanero y depósito de las mercancías, de acuerdo a los procedimientos y normativa vigente.
  8. Efectuar el control aduanero en los Puertos y puntos de control habilitados
  9. Orientar técnicamente a los operadores de comercio exterior, para el cumplimiento de las disposiciones legales, normas, procedimientos e instrucciones a ser aplicadas según la normativa vigente.
  10. Emitir Resoluciones (según corresponda) y realizar seguimiento para el cumplimiento de las mismas en el ámbito de su competencia.
  11. Atender los trámites de gestión aduanera solicitados por los operadores de comercio exterior, analizando técnicamente la procedencia o no de dichas solicitudes.
  12. Proceder con la disposición de mercancía incautada o abandonada a través de su adjudicación, subasta, o destrucción de la mercancía determinada por la autoridad competente.
  13. Notificar a los operadores/sindicados los documentos administrativos emergentes de la Administración de Aduana según lo establecido en la normativa vigente.
  14. Coordinar  medidas de seguridad de acceso a la información y respectivo monitoreo de las operaciones de comercio exterior
  15. Supervisar el control y correcto funcionamiento de la infraestructura tecnológica.
  16. Mantener actualizado y organizado el archivo físico y/o digital de documentos que respalden las operaciones aduaneras realizadas en la Administración de Aduana de acuerdo a normativa vigente.
  17. Iniciar, tramitar, ejecutar y realizar seguimiento a los Procesos Administrativos.
  18. Efectuar las labores requeridas para el Procesamiento, de Contrabando de las Actas de Comiso elaboradas en las intervenciones realizadas en Zona Primaria.
  19. Cumplir con los beneficios establecidos en el Reglamento del Programa del Operador Económico Autorizado a los Operadores con Certificación OEA vigente.
  20. Proporcionar información oportuna, veraz y precisa en el ámbito de sus competencias a requerimiento  de su inmediato superior o autoridades superiores.
  21. Efectuar otras tareas que le sean encomendadas por su inmediato superior o instancias jerárquicas superiores.
7. Tipo de la Unidad Organizacional: 
Sustantiva
8. Relaciones de Coordinación: 
Unidad de Servicio a Operadores, Unidad de Ejecución del Proyecto Nueva Sistema de Gestión Aduanera, Gerencia Nacional de Fiscalización, Unidad de Control Operativo Estratégico, Gerencia Nacional de Administración y Finanzas y Gerencia Nacional de Sistemas.
9. Relacionamiento Interinstitucional: 
De complementación con entidades del sector público y privado, organismos nacionales, regionales y globales en materia aduanera y de comercio exterior, cámaras de operadores de comercio exterior, Ministerio de Defensa, FELCN, etc.
Actualización: 
Mediante RA-PE 02-003-21 de fecha 25.01.2021, que aprueba el manual de Organización y Funciones de la Aduana Nacional.
Orden Jerarquico: 
3.20