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COMUNICADO - Transportistas

Señor Transportista, la Aduana Nacional le informa que mediante Resolución de Directorio RD 01-013-2017 de 08/12/2017 (Circular No. 262/2017) se aprobó el Reglamento para el Registro y Aceptación de la Declaración de Adquisición  de Mercancías – DAM, misma que debe ser elaborada por el agente despachante de aduana en coordinación con el importador y consignada por el transportista en el sistema del E-MIC (MIC electrónico) de acuerdo al cronograma de entrada en vigencia aprobado mediante Resolución Administrativa RA-GG03-056-17 de 28/12/2017 (Circular No. 279/2017) y Fax Instructivo AN-GEGPC-F 008/2018 de 07/02/2018.

En este sentido, se le comunica que esta formalidad entrará en vigencia para toda carga (salvo excepciones) que se embarquen en origen a partir del 26 de marzo de la presente gestión y que ingresen por:

  • Agencia Exterior Arica,
  • Aduana frontera Tambo Quemado,
  • Avaroa y/o
  • Apacheta.

Por tal motivo, la Aduana Nacional requerirá de una DAM aceptada previo al inicio del tránsito aduanero en la agencia exterior o previa al ingreso a territorio nacional en aduanas de frontera.

Asimismo, se aclara que mercancía que hayan sido embarcada en origen antes del 26 de marzo de la presente gestión, no requieren el registro de una DAM.

Respecto a cualquier duda o consulta pueden contactarse con:

  • Línea gratuita 800-10-5007
  • Soporte SUMA: teléfonos 2128008 int. 1404
  • Correo electrónico: soportesistemas@aduana.gob.bo


Unidad del Proyecto Nuevo Sistema de Gestión Aduanera

Sistema Único de Modernización Aduanera - SUMA

Aduana Nacional



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