Acuerdos de Alcance Parcial - Art.12 del TM80 Agropecuarios
Acuerdo AAP.AG Nº 2

 

Síntesis:

Este Acuerdo tiene como objetivo la liberación y expansión del comercio intrarregional de semillas con una liberación del 100%, es decir el nivel de gravamen arancelario a pagar es cero entre todos los miembros de este Acuerdo para la nómina correspondiente a las semillas.

Fecha de suscripción:

22/11/1991

Disposiciones de internalización:

ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
BOLIVIA: Decreto Supremo N° 24.543 de 31/03/1997 (SEC/di 984)
BRASIL: Decreto N° 775 de 19/03/1993 (SEC/di 507)
CHILE: Resolución N° 5741 Exenta de 07/06/1993 (CR/di 350.4)
COLOMBIA: No se cuenta con la información de la puesta en vigencia
CUBA: Nota N°11 de 17/10/1994 (CR/di 1625)
ECUADOR: No se cuenta con la información de la puesta en vigencia
PARAGUAY: No se cuenta con la información de la puesta en vigencia
PERÚ: Decreto Supremo N° 24-95 ITINCI de 17/08/1995 (CR/di 464)
URUGUAY: Decreto N° 385 de 31/08/1993 (CR/di 350.6)
VENEZUELA: No se cuenta con la información de la puesta en vigencia

Cláusulas de vigencia:

Artículo 22.- El presente Acuerdo regirá a partir del momento en que por lo menos tres de los países signatarios lo hayan puesto en vigor en sus respectivos territorios y tendrá duración ilimitada.

Consulta del contenido completo del Acuerdo

En la página web de la ALADI www.aladi.org .

 

DPTO. ASUNTOS INTERNACIONALES

GERENCIA NACIONAL DE NORMAS

ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA