La Unidad Técnica de Inspección de Servicios Aduaneros (UTISA), creada en correcta interpretación y aplicación del artículo 260, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas (Ley 1990), tiene por objeto efectuar el control por sustitución temporal y sorpresiva a los funcionarios responsables de la Aduana Nacional, a efectos de comprobar la correcta aplicación de la normativa aduanera, desarrollando a este fin planes, estrategias, métodos y sistemas de seguimiento, inspeccion y control del desenvolvimiento aduanero; está integrada por funcionarios profesionales y técnicos de una alta especialización de administración aduanera.